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SÍNTESIS INICIAL
En 2 minutos: Estados Unidos ha instaurado en Venezuela un mecanismo de tutela financiera idéntico al que impuso a Haití, Nicaragua y República Dominicana hace un siglo. Este texto demuestra que el secretario de Estado Marco Rubio describió ante el Senado, el 28 de enero de 2026, un sistema donde Washington controla los ingresos petroleros venezolanos, decide en qué pueden gastarse y exige presupuestos mensuales para su aprobación. Explica cómo este dispositivo replica la estructura jurídica de los protectorados fiscales de la era Wilson y Taft, y qué implica para la soberanía latinoamericana. Si solo puedes leer esto, quédate con esto: Venezuela no atraviesa una transición democrática sino la reinstauración formal de un modelo colonial centenario.
Miércoles 28 de enero, 10:00 hora de Washington. Marco Rubio entra en la sala SD-419 del edificio Dirksen. Un manifestante levanta un cartel antes de ser arrastrado fuera por seguridad. El presidente de la comisión anuncia que será expulsado del Capitolio por un año. Rubio sonríe, espera a que se restablezca el orden, y comienza a describir, con la tranquilidad de quien explica un trámite administrativo, cómo funciona exactamente el control estadounidense sobre las finanzas de Venezuela.
La audiencia que nadie leyó
La comparecencia de Rubio duró varias horas y abarcó temas diversos, desde Groenlandia hasta Irán. Pero el núcleo de su testimonio concernía a Venezuela y al futuro inmediato del país tras la captura de Nicolás Maduro el 3 de enero. Los senadores demócratas, particularmente Chris Murphy de Connecticut, intentaron extraer definiciones precisas sobre la naturaleza de la intervención. Rubio no se anduvo con eufemismos. Describió un acuerdo donde el petróleo venezolano sancionado podría venderse a precio de mercado, pero los fondos resultantes se depositarían en una cuenta supervisada por el Departamento del Tesoro estadounidense. El gobierno venezolano presentaría solicitudes de presupuesto mensuales. Washington decidiría qué gastos aprobar y cuáles rechazar. Murphy lo resumió con precisión quirúrgica; Estados Unidos estaba tomando el petróleo a punta de pistola, depositando los ingresos en una cuenta offshore en Medio Oriente y decidiendo cómo y para qué propósitos se utilizaría ese dinero en un país de treinta millones de habitantes.
Rubio no contradijo esta caracterización. La confirmó añadiendo detalles operativos. Venezuela carecía de capacidad de almacenamiento para su crudo; estaba produciendo petróleo sin poder transportarlo ni venderlo. El acuerdo resolvía ese problema logístico a cambio de la cesión del control financiero. Les indicaremos por adelantado para qué no se puede utilizar ese dinero, explicó el secretario de Estado. Han sido muy cooperativos en este sentido. La palabra cooperación, en este contexto, adquiría resonancias particulares. Delcy Rodríguez, la presidenta interina instalada tras la captura de Maduro, conocía perfectamente el destino de su predecesor. Su propio interés, según Rubio, se alineaba con los objetivos estadounidenses. La amenaza no requería articulación explícita.
El fantasma de 1915
Para cualquier historiador de las relaciones interamericanas, el mecanismo descrito por Rubio resulta inmediatamente reconocible. No es una innovación de la administración Trump. Es la resurrección de un dispositivo colonial que Washington perfeccionó entre 1905 y 1934 en el Caribe y Centroamérica. Se llamaba customs receivership, administración aduanera bajo tutela, y constituía el instrumento central de lo que los propios estadounidenses denominaron Diplomacia del Dólar. El caso paradigmático fue Haití. En julio de 1915, tras el asesinato del presidente Vilbrun Guillaume Sam, el presidente Woodrow Wilson ordenó el desembarco de marines en Puerto Príncipe. La justificación oficial invocaba la protección de ciudadanos y propiedades extranjeras. La motivación real concernía al control de la única fuente de ingresos del gobierno haitiano; las aduanas.
El tratado firmado en septiembre de 1915 entre Estados Unidos y Haití establecía que el presidente estadounidense nombraría un receptor general de aduanas, un consejero financiero, ingenieros para obras públicas y sanidad, y oficiales para una nueva gendarmería. Los artículos I al IX otorgaban a Estados Unidos el control completo de las finanzas haitianas. El gobierno haitiano no podía aumentar su deuda ni modificar aranceles sin aprobación de Washington. Todos los ingresos aduaneros pasaban por manos estadounidenses antes de llegar, filtrados y reducidos, a las arcas locales. Philippe Sudré Dartiguenave, el presidente instalado por los marines con el aval de la élite mulata colaboracionista, firmó el tratado después de que Estados Unidos amenazara con establecer un gobierno militar directo. La ocupación duró diecinueve años.
“En nuestro hemisferio, teníamos un régimen operado por un narcotraficante acusado que se convirtió en base de operaciones para prácticamente todos los competidores, adversarios y enemigos del mundo.”
– Marco Rubio –, Senado de EE.UU., 28 de enero de 2026
Anatomía comparada del protectorado
Las similitudes estructurales entre el régimen impuesto a Haití en 1915 y el descrito por Rubio para Venezuela en 2026 son equivalencias funcionales. En ambos casos, Estados Unidos justifica la intervención invocando el caos interno y la amenaza de potencias extranjeras; Francia y Alemania entonces, Rusia, China e Irán ahora. En ambos casos, la intervención militar precede a la imposición de un marco de tutela financiera presentado como acuerdo bilateral. En ambos casos, un gobierno local nominalmente soberano administra el territorio mientras Washington controla los flujos de dinero. En ambos casos, la cooperación del gobierno títere se garantiza mediante la amenaza implícita de un destino peor; la ocupación militar directa entonces, el destino de Maduro ahora. Nicaragua ofrece otro paralelo instructivo. Entre 1912 y 1933, Estados Unidos mantuvo marines en el país y controló sus finanzas mediante un acuerdo similar. El presidente Adolfo Díaz, instalado con respaldo estadounidense en 1911, aceptó un tratado que establecía una administración aduanera bajo supervisión de Washington. Los ingresos se utilizaban primero para pagar deudas a bancos estadounidenses; el remanente, si existía, financiaba al gobierno nicaragüense.
La República Dominicana experimentó un régimen comparable desde 1905, cuando Theodore Roosevelt impuso un administrador general de aduanas que garantizaba el pago de deudas a acreedores extranjeros. El Corolario Roosevelt a la Doctrina Monroe proporcionaba la justificación ideológica; Estados Unidos tenía el derecho y el deber de intervenir en países latinoamericanos incapaces de mantener el orden y cumplir sus obligaciones financieras. La Diplomacia del Dólar nunca requirió ocupación permanente para funcionar. Bastaba con el control de los flujos financieros y la amenaza creíble de intervención militar. Los marines podían retirarse físicamente mientras el receptor de aduanas permanecía en su puesto, decidiendo qué porcentaje de los ingresos nacionales llegaba efectivamente al gobierno local.
DATO CLAVE:
Según el testimonio de Rubio, el petróleo venezolano sancionado se vendió inicialmente por 500 millones de dólares; 300 millones fueron al gobierno venezolano y 200 millones permanecen en una cuenta en Qatar que será transferida al control del Tesoro estadounidense.
Lo que significa para un venezolano
Rubio fue explícito sobre la capacidad de intervención futura. Estados Unidos no anticipa ni se prepara para tomar acción militar adicional en Venezuela en ningún momento, declaró. Pero inmediatamente añadió que si Venezuela rechazara cooperar con las exigencias estadounidenses, particularmente en materia petrolera, la administración no descartaba el uso de la fuerza. El senador Murphy presionó sobre este punto. ¿Concede usted que si está usando acción militar simplemente para obligar a la cooperación del gobierno, absolutamente necesita autorización del Congreso? La respuesta de Rubio invocó el Acta de Poderes de Guerra; notificación dentro de 48 horas, autorización requerida solo si la operación excede 60 días. No se necesitaba ocupación permanente cuando la amenaza de incursiones puntuales bastaba para garantizar la cooperación. En términos concretos, esto significa que cada importación de medicamentos, cada compra de insumos para la red eléctrica, cada pago de salarios públicos en Venezuela pasa ahora por una aprobación en Washington. Un burócrata del Tesoro estadounidense decide si un hospital de Maracaibo recibe los fármacos que necesita.
DATO CLAVE:
La ocupación estadounidense de Haití duró de 1915 a 1934, pero el control financiero se extendió hasta 1947. Durante ese período, el presidente de Estados Unidos nombraba directamente al receptor de aduanas y al consejero financiero haitiano.
La élite colaboracionista
Delcy Rodríguez ocupa hoy la posición que Philippe Sudré Dartiguenave ocupó en 1915. No es una analogía moral sino una equivalencia funcional. Ambos representan a sectores de la élite local dispuestos a administrar el territorio bajo tutela extranjera a cambio de preservar su posición y evitar consecuencias peores. Dartiguenave firmó el tratado de 1915 después de que varios candidatos rechazaran la presidencia ofrecida por los marines. Rodríguez asumió la presidencia interina dos días después de que comandos estadounidenses extrajeran a Maduro de su residencia fortificada. El detalle más revelador concierne al historial de la propia Rodríguez. Durante el primer mandato de Trump, fue sancionada por Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea por violaciones de derechos humanos. Ahora Trump la describe como una persona fantástica. La portavoz de la Casa Blanca, Karoline Leavitt, confirmó que el gobierno venezolano ha cumplido con todas las exigencias y solicitudes de Estados Unidos. La transformación de enemiga sancionada a aliada fantástica no requirió ningún cambio en Rodríguez; solo un cambio en su utilidad para Washington.
Rodríguez ha intentado desmarcarse retóricamente. Ya basta de las órdenes de Washington sobre políticos en Venezuela, declaró el 25 de enero. Que sea la política venezolana quien resuelva nuestras divergencias y nuestros conflictos internos. Pero la retórica no altera la estructura del acuerdo. Mientras los ingresos petroleros fluyan hacia cuentas controladas por el Tesoro estadounidense, mientras cada gasto requiera aprobación de Washington, mientras la amenaza de compartir el destino de Maduro permanezca implícita en cada interacción, la soberanía venezolana será tan nominal como lo fue la haitiana entre 1915 y 1934. Los presos políticos se liberan lentamente, con cifras que varían según la fuente; 626 según el gobierno, entre 154 y 266 según organizaciones independientes. Es el tipo de concesión calibrada que los protectorados históricos siempre ofrecieron; suficiente para legitimar la cooperación, insuficiente para alterar la relación de poder.
Conclusión
La audiencia del 28 de enero de 2026 no reveló una política nueva. Documentó, con la franqueza involuntaria que a veces caracteriza los testimonios ante el Congreso, la reinstauración de un modelo colonial centenario. Marco Rubio no inventó el protectorado fiscal; lo heredó de Taft, Wilson y los arquitectos de la Diplomacia del Dólar. Lo que distingue a Venezuela 2026 de Haití 1915 es la escala de los recursos en juego y la sofisticación del aparato de legitimación mediática. Pero el mecanismo es idéntico; control de los ingresos nacionales, aprobación de presupuestos, amenaza militar latente, élite local colaboracionista. La única pregunta que resta es cuánto durará esta ocupación sin marines. En Haití, el control financiero sobrevivió a la retirada de tropas por trece años. Venezuela, con las mayores reservas de petróleo del planeta, ofrece incentivos considerablemente mayores para la permanencia…
G.S.
Fuentes
- Testimonio del Secretario de Estado Marco Rubio ante la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, Departamento de Estado, 28 de enero de 2026
- Comunicado del Senador Chris Murphy sobre la audiencia Venezuela, Oficina del Senador Murphy, 28 de enero de 2026
- U.S. Invasion and Occupation of Haiti, 1915-34, Office of the Historian, U.S. Department of State
- Treaty Between the United States and Haiti, 16 de septiembre de 1915, National Archives
- Dollar Diplomacy, Dictionary of American History, Encyclopedia.com
- The American Withdrawal from Haiti, 1929-1934, Dana G. Munro, Hispanic American Historical Review, 1969


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