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SÍNTESIS INICIAL
Cuatro décadas después del holocausto del Palacio de Justicia, la prensa colombiana continúa tergiversando los hechos mediante titulares que equiparan la responsabilidad guerrillera con los crímenes de Estado documentados por tribunales nacionales e internacionales. Este texto demuestra cómo medios como RCN, Caracol, Semana e Infobae omiten sistemáticamente las condenas judiciales contra militares por desaparición forzada, tortura y ejecución extrajudicial, perpetuando una narrativa que protege la impunidad estructural. Si solo puedes leer esto, quédate con esto: la manipulación mediática sobre el Palacio de Justicia no es un error periodístico sino una política editorial al servicio del encubrimiento institucional.
El 6 y 7 de noviembre de 1985 marcaron uno de los episodios más brutales en la historia reciente de Colombia. Cuarenta años después, la conmemoración del holocausto del Palacio de Justicia revela no solo la persistencia de la impunidad sino la complicidad activa de grandes medios de comunicación en la falsificación de la memoria histórica. La narrativa dominante continúa equiparando la acción guerrillera del M-19 con la respuesta desproporcionada del Estado, omitiendo deliberadamente las condenas judiciales y las desapariciones forzadas documentadas.
La falsificación periodística permanente
Los titulares publicados durante noviembre de 2025 por los principales medios colombianos reproducen un patrón de omisión y distorsión consolidado durante cuatro décadas. RCN, Caracol, Semana e Infobae presentan el holocausto del Palacio de Justicia como una tragedia compartida entre la guerrilla del M-19 y las Fuerzas Armadas, empleando fórmulas eufemísticas que diluyen responsabilidades específicas. La expresión “toma y retoma” sugiere una equivalencia moral inexistente entre el asalto guerrillero y la operación militar que incluyó desapariciones forzadas, torturas sistemáticas y ejecuciones extrajudiciales establecidas por sentencias judiciales.
La cobertura mediática de los 40 años omite sistemáticamente información judicial crucial. Ninguno de estos medios menciona las condenas contra el general Jesús Armando Arias Cabrales (35 años de prisión), el coronel Edilberto Sánchez Rubiano (40 años de prisión) o el general Iván Ramírez Quintero (31 años pendiente de casación). La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2014, que declaró responsable al Estado colombiano por desapariciones forzadas y uso desproporcionado de la fuerza, tampoco aparece en las narrativas de apertura. Esta omisión no responde a descuido periodístico sino a una política editorial que privilegia la versión institucional sobre los hechos establecidos.
DATO CLAVE
Condenas omitidas: General Jesús Armando Arias Cabrales, 35 años (Corte Suprema, 2019). Coronel Edilberto Sánchez Rubiano, 40 años (Corte Suprema, 2023). General Iván Ramírez Quintero, 31 años pendiente de casación (Tribunal Superior, 2024).
Caracterizar el episodio como “tragedia” en lugar de crímenes de Estado constituye una operación semántica destinada a naturalizar la impunidad. La fórmula “versiones encontradas” equipara testimonios de víctimas y fallos judiciales con negaciones institucionales de militares condenados. Esta construcción narrativa perpetúa el modelo de desinformación que permitió durante décadas negar la existencia misma de los desaparecidos, hasta que pruebas de ADN demostraron que varias personas salieron con vida del Palacio y fueron conducidas a centros de detención militar donde fueron torturadas y asesinadas.
Los hechos que la prensa oculta
Los tribunales colombianos han establecido con precisión las responsabilidades individuales y estructurales en los crímenes cometidos durante y después de la retoma del Palacio de Justicia. El general Jesús Armando Arias Cabrales, comandante de la Brigada XIII y responsable directo de las operaciones militares, fue condenado por la Corte Suprema en 2019 a 35 años de prisión por desaparición forzada. El coronel Edilberto Sánchez Rubiano, jefe del B-2 (inteligencia militar), recibió en 2021 una condena de 40 años ratificada por la Corte Suprema en 2023. El general Iván Ramírez Quintero fue condenado en 2024 a 31 años de prisión por la desaparición forzada de Irma Franco Pineda, aunque el fallo permanece pendiente de casación.
“La desaparición forzada de los que fueron catalogados como insurgentes o colaboradores se gestó desde el momento mismo en que los mandos superiores de la autoridad castrense dispusieron la retención de los sospechosos.”
– Corte Suprema de Justicia -, Sentencia contra Edilberto Sánchez Rubiano (2023)
Estas condenas confirman un sistema operativo de desaparición forzada implementado durante la retoma. Al menos 12 personas permanecen desaparecidas según documentación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Casa del Florero funcionó como centro de clasificación, interrogatorio y tortura bajo dirección del B-2. Testimonios de sobrevivientes demuestran que personas rescatadas del incendio fueron conducidas al segundo piso de la Casa del Florero, donde fueron sometidas a torturas antes de ser trasladadas al Cantón Norte y la Escuela de Caballería en Usaquén.
La Corte Interamericana, en su sentencia de 2014 en el caso “Rodríguez Vera y otros contra Colombia”, declaró al Estado colombiano responsable por graves violaciones de derechos humanos. El tribunal estableció que la respuesta militar fue desproporcionada, que se cometieron desapariciones forzadas, torturas y ejecuciones extrajudiciales, y que el Estado incumplió su obligación de investigar y sancionar a los responsables. Once años después de la sentencia internacional y 40 años después de los hechos, el Estado colombiano mantiene una política de incumplimiento sistemático avalada por el silencio cómplice de los grandes medios.
DATO CLAVE
Infraestructura de la desaparición: Casa del Florero (centro de tortura, B-2), Cantón Norte (traslados y torturas), Escuela de Caballería Usaquén (interrogatorios). Al menos 12 personas permanecen desaparecidas.
La impunidad como sistema
Las condenas judiciales contrastan radicalmente con la realidad de su ejecución. De los oficiales condenados, solo dos cumplen efectivamente sus penas, mientras cuatro permanecen prófugos pese a órdenes de captura vigentes. El coronel Edilberto Sánchez Rubiano se encuentra en paradero desconocido desde julio de 2023. El mayor Óscar William Vásquez Rodríguez y los sargentos Luis Fernando Nieto Velandia y Ferney Causayá Peña permanecen fugitivos. Estos militares se postularon ante la JEP pero fueron expulsados tras negarse a reconocer responsabilidades.
El caso del general Arias Cabrales ilustra la impunidad reservada a altos mandos militares. Condenado a 35 años con sentencia confirmada en noviembre de 2024, no cumple su condena en establecimiento penitenciario ordinario sino en un apartamento dentro de un complejo militar en Bogotá, bajo el argumento de su “avanzada edad”. Esta reclusión privilegiada constituye una burla a las víctimas y una confirmación de que el sistema judicial mantiene un régimen de excepcionalidad para criminales institucionales.
“Pediré a la bancada del Centro Democrático buscar en coalición una ley o Acto Legislativo que a los militares que participaron en el rescate del Palacio de Justicia, condenados o en investigación, les conceda todos los beneficios equivalentes a una sentencia absolutoria.”
– Álvaro Uribe Vélez -, 5 de noviembre de 2025
La demanda de Uribe de indultar a los militares condenados, anunciada el 5 de noviembre de 2025, representa la expresión política más clara del proyecto de impunidad institucional. Esta propuesta, formulada en vísperas del 40 aniversario, confirma que sectores políticos dominantes consideran los crímenes de Estado como actos legítimos de defensa institucional.
DATO CLAVE
Balance de la impunidad: Militares condenados: 6. Cumpliendo condena efectiva: 2. Prófugos con orden de captura: 4. Presidentes investigados: 0.
La no investigación del expresidente Belisario Betancur constituye el núcleo político de la impunidad estructural. Betancur reconoció públicamente su responsabilidad total por los hechos pero ninguna autoridad judicial ha iniciado investigaciones sobre su papel en la autorización del uso desproporcionado de la fuerza, la negativa a negociar pese a las súplicas del magistrado Alfonso Reyes Echandía, y la imposición de censura mediática durante el operativo. El blindaje de Betancur, fallecido en 2018 sin ser llamado a declarar, establece el principio de intocabilidad presidencial en crímenes de Estado.
Quién responde por el holocausto
La responsabilidad del Estado colombiano compromete estructuras institucionales y decisiones políticas de máximo nivel. La operación de retoma fue ordenada y coordinada desde la cúpula del poder. El presidente Betancur, el ministro de Defensa general Miguel Vega Uribe, el comandante de las Fuerzas Militares general Augusto Moreno Guerrero y el comandante del Ejército general Rafael Samudio Molina tomaron decisiones que resultaron en la muerte de más de 100 personas, incluyendo 11 magistrados de la Corte Suprema.
La censura impuesta a los medios confirma la conciencia institucional sobre la gravedad de lo ocurrido. La ministra de Comunicaciones Noemí Sanín ordenó a cadenas de radio y televisión interrumpir las transmisiones en directo, llegando a exigir que se transmitiera un partido de fútbol en lugar de la cobertura de la crisis. Esta orden, acompañada de la amenaza de que el Ejército tomaría las emisoras, buscó ocultar a la opinión pública la masacre en curso.
RCN y Caracol, propiedad de grupos económicos vinculados al establecimiento político y militar, Semana después de su adquisición por sectores uribistas, e Infobae Colombia como extensión de narrativas favorables al poder institucional, funcionan como aparatos de desinformación. La cobertura de los 40 años, centrada en ceremonias conmemorativas vacías, busca transformar crímenes de Estado en tragedia colectiva.
Conclusión
Cuarenta años después del holocausto del Palacio de Justicia, la falsificación mediática de los hechos constituye una política deliberada al servicio de la impunidad institucional. La omisión sistemática de condenas judiciales, la equivalencia moral entre acción guerrillera y crímenes de Estado, y la transformación de responsabilidades establecidas en “preguntas abiertas” no responden a limitaciones periodísticas sino a compromisos editoriales con sectores militares y políticos. Los medios colombianos dominantes no informan sobre el Palacio de Justicia sino que administran su olvido mediante narrativas que protegen a responsables institucionales. La vigilancia crítica de estas operaciones de desinformación constituye una obligación democrática. El Palacio de Justicia no es una tragedia del pasado sino una herida abierta cuya cicatrización exige rendición efectiva de cuentas…
G.S.
Fuentes
FUENTES PRIMARIAS
- Corte Suprema de Justicia de Colombia, Sentencia contra Jesús Armando Arias Cabrales (2019)
- Corte Suprema de Justicia de Colombia, Sentencia contra Edilberto Sánchez Rubiano y otros (2021, ratificada 2023)
- Tribunal Superior de Bogotá, Sentencia contra Iván Ramírez Quintero (2024)
- Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Rodríguez Vera y otros vs. Colombia (2014)
- Comisión de la Verdad, Informe Final sobre el Palacio de Justicia (2022)
FUENTES SECUNDARIAS
- El Tiempo, “Las pruebas de torturas en bases militares durante la toma del Palacio” (14 enero 2016)
- Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), declaraciones noviembre 2025
- La FM, “Cuarenta años del Palacio de Justicia: víctimas denuncian fuga de militares condenados” (7 noviembre 2025)
- Radio Nacional de Colombia, “Palacio de Justicia: 40 años de impunidad, memoria y responsabilidad del Estado” (2 noviembre 2025)
- El País, “Holocausto del Palacio de Justicia: muchas investigaciones y pocas condenas en cuatro décadas” (2 noviembre 2025)
- Infobae, “La ruta de los desaparecidos del Palacio de Justicia: archivos desclasificados y testimonios” (6 noviembre 2025)
- La Patria, “La Casa del Florero abre sala de memoria sobre los desaparecidos del Palacio de Justicia” (6 noviembre 2025)


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